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Carta de porte ADR (documento de transporte): datos, destinatario y DeCA

La carta de porte ADR es el documento que acompaña a un transporte de mercancías peligrosas por carretera y que identifica cada materia peligrosa, al expedidor y al destinatario. El ADR 2025 la titula «documento de transporte» (apartado 5.4.1) y el Real Decreto 97/2014, que regula estas operaciones en territorio español, la sigue llamando «carta de porte» (art. 35.1). En España valen los dos nombres para el mismo documento.

No hay que confundirla con otros dos documentos que suelen viajar en el mismo camión: la carta de porte del contrato (Ley 15/2009) y el documento de control administrativo, el DeCA, electrónico desde el 5 de octubre de 2026. Pueden ser un solo documento si recoge los datos de las tres normas; más abajo está la tabla de lo que pide cada una.

¿Qué datos lleva la carta de porte ADR y en qué orden?

Los del apartado 5.4.1.1.1 del ADR, y se escriben para cada materia u objeto peligroso: número ONU, designación oficial, etiquetas, grupo de embalaje, bultos, cantidad, expedidor, destinatario, declaración de acuerdo particular si lo hay y código de túnel. El orden es libre salvo en cinco letras: a), b), c), d) y k) tienen que ir seguidas y en ese orden, «sin elementos de información intercalados, salvo los previstos en el ADR». Mayúsculas o minúsculas se eligen libremente, salvo el código de túnel (5.4.1.1.2).

Las cinco letras de ese bloque se leen en la Tabla A del capítulo 3.2, la lista de mercancías peligrosas; el resto (bultos, cantidad, expedidor, destinatario) son datos del envío. Esta es la correspondencia entre cada letra y la columna de la Tabla A donde está el dato:

Letras del apartado 5.4.1.1.1 del ADR y columna de la Tabla A de la que sale cada dato
LetraDato (5.4.1.1.1)Columna de la Tabla ANota
aNúmero ONU precedido de las letras «UN».(1) Número ONUUN 1203.
bDesignación oficial de transporte, con la denominación técnica entre paréntesis cuando proceda.(2) Nombre y descripción: solo la parte en mayúsculasSi la entrada da varios nombres unidos por «o», se escribe solo el más apropiado (3.1.2.2). La 1203 dice «COMBUSTIBLE PARA MOTORES o GASOLINA».
cNúmeros de los modelos de etiqueta; si hay varios, los siguientes al primero entre paréntesis.(5) Etiquetas · (3b) en la clase 1 · (3a) si la (5) no da etiquetaEn la clase 1, el código de clasificación. En la clase 7, «7». Ejemplo del ADR: «6.1 (3)».
dGrupo de embalaje, que puede ir precedido de «GE».(4) Grupo de embalaje«En su caso»: los objetos y algunas materias no tienen grupo de embalaje.
eNúmero y descripción de los bultos, cuando sea aplicable.No sale de la Tabla ALos códigos de embalaje de la ONU solo completan la descripción: «una caja (4G)».
fCantidad total de cada mercancía con distinto número ONU, designación o grupo de embalaje: en volumen, masa bruta o masa neta.No sale de la Tabla ASi se aplica el 1.1.3.6, además la cantidad y el valor calculado de cada categoría de transporte (NOTA 1). La categoría está en la columna (15).
gNombre y dirección del expedidor.No sale de la Tabla AExpedidor es quien expide para sí o para un tercero; con contrato, el expedidor según el contrato (1.2.1).
hNombre y dirección del destinatario o de los destinatarios.No sale de la Tabla A«Venta en Ruta» en su lugar, solo con el acuerdo de las autoridades competentes.
iDeclaración conforme a las disposiciones de un acuerdo particular.No sale de la Tabla ASolo si el transporte se hace al amparo de un acuerdo. La letra j) está reservada.
kCódigo de restricción en túneles, en mayúsculas y entre paréntesis, o «(-)».(15) Categoría de transporte / código de túnel: la parte baja de la casillaPara el transporte que incluya el paso por túneles con restricciones.

En sombreado, las cinco letras que van juntas y en ese orden. La columna (15) lleva una cifra con la categoría de transporte y, en la parte baja de la casilla, entre paréntesis, el código de túnel (notas explicativas de la Tabla A, 3.2.1).

Ejemplo del propio ADR

UN 1098, ALCOHOL ALÍLICO, 6.1 (3), GE I, (C/D)

Gasolina, con la Tabla A delante

UN 1203, GASOLINA, 3, GE II, (D/E)

Fila 1203: clase 3, código F1, grupo II, etiqueta 3, categoría de transporte 2 y túnel (D/E).

Cómo sale en TuControlDeRutas

La línea se monta sola en el orden del 5.4.1.1.1 a partir de los campos del formulario o de la API: antepone «UN» si tecleas solo las cuatro cifras, quita la palabra «Clase» de la casilla de etiquetas, añade «GE» delante del grupo de embalaje y escribe el código de túnel en mayúsculas y entre paréntesis. La cantidad va detrás y separada, fuera del bloque: «UN 1203, GASOLINA, 3, GE II, (D/E) · 24.000 kg». La designación oficial se imprime tal como la escribas: elegir la correcta es cosa del expedidor (ADR 1.4.2.1.1).

Ejemplo de carta de porte con documento de control en PDF: dos mercancías en filas separadas, una de ellas peligrosa con su línea ADR (número ONU, designación oficial, etiquetas, grupo de embalaje y código de túnel), el destinatario en su casilla y el código QR
Ejemplo con datos ficticios, generado con TuControlDeRutas. El QR de esta imagen es de muestra y no descarga ningún documento.

¿Hay que poner el destinatario en la carta de porte ADR?

Sí. La letra h) del 5.4.1.1.1 exige «el nombre y la dirección del o de los destinatario/s». Para el ADR, el destinatario es el del contrato de transporte, o el tercero que el destinatario designe conforme a ese contrato; sin contrato, la empresa que se hace cargo de la mercancía a la llegada (definiciones del 1.2.1).

Hay dos matices en la propia norma. Con destinatarios múltiples, sus nombres, direcciones y cantidades pueden ir en otros documentos que deban encontrarse a bordo (5.4.1.4.1). Y la mención «Venta en Ruta» puede sustituir al destinatario solo con el acuerdo de las autoridades competentes de los países implicados, cuando la mercancía se transporta para repartirla a destinatarios que no pueden identificarse al empezar el transporte.

En España, el anejo 1, punto 6, del RD 97/2014 enumera las materias que se aceptan en la modalidad de venta en ruta: artificios de pirotecnia (UN 0333 a 0337), varios gases comprimidos, licuados o refrigerados (acetileno, aire, argón, dióxido de carbono, helio, hidrógeno, nitrógeno, oxígeno, entre otros) y el gasóleo UN 1202. La gasolina UN 1203 no está en esa lista.

El destinatario y el DeCA

El art. 6 de la Orden FOM/2861/2012 no pide destinatario, así que un DeCA puede estar completo y aun así no valer como documento de transporte ADR. En TuControlDeRutas, al marcar una mercancía como peligrosa el DeCA pide el destinatario y lo imprime en una casilla propia; si no se rellena, el PDF lleva un aviso en rojo que dice que ese documento no sirve como documento de transporte ADR y que hay que llevar otro. En la carta de porte el destinatario va siempre, porque es mención obligatoria del art. 10 bis.1 e) de la Ley 15/2009.

¿La exención por cantidades del 1.1.3.6 quita la carta de porte ADR?

No. El 1.1.3.6.2 enumera las disposiciones que dejan de aplicarse cuando la cantidad a bordo de una unidad de transporte no supera el límite, y de la parte 8 exceptúa expresamente el 8.1.2.1 a): llevar en la cabina los documentos de transporte previstos en el 5.4.1 que cubran todas las mercancías peligrosas. El 5.4.1 no está en la lista. Lo que sí deja de aplicarse, entre otras cosas, es el capítulo 5.3 (placas-etiquetas y paneles naranja) y la sección 5.4.3, que son las instrucciones escritas.

Y el documento lo tiene que reflejar: si está prevista la aplicación del 1.1.3.6, hay que indicar «la cantidad total y el valor calculado de mercancías peligrosas de cada categoría de transporte» (5.4.1.1.1 f, NOTA 1). La categoría de cada materia está en la columna (15) de la Tabla A.

Cantidad máxima por unidad de transporte y coeficiente de cada categoría de transporte del ADR, apartados 1.1.3.6.3 y 1.1.3.6.4
CategoríaMáximo por unidad de transporte (1.1.3.6.3)Si hay varias categorías (1.1.3.6.4)
00Sin exención
120× 50
2333× 3
31.000× 1
4IlimitadaNo entra en la suma

La cantidad se mide en kilogramos para los objetos, las materias sólidas y los gases licuados; en litros para las materias líquidas; y en capacidad en agua del recipiente, en litros, para los gases comprimidos. Con varias categorías en la misma unidad de transporte, la suma de la categoría 1 por 50, la categoría 2 por 3 y la categoría 3 no puede pasar de 1.000. Para nueve números ONU de la categoría 1 (nota a del cuadro) el máximo es 50 kg y el coeficiente, 20. Ejemplo de cálculo: 300 litros de gasolina UN 1203, categoría 2, dan un valor de 900.

Dos detalles que suelen pasarse por alto. El límite se mide «a bordo de una sola unidad de transporte», que el ADR define como el vehículo con su remolque o semirremolque (1.2.1): de ahí se deduce que, si un camión lleva dos cartas de porte, cuenta lo que suman las dos. Y el 1.1.3.6.2 habla de mercancías transportadas «en bultos», de donde se sigue que un transporte en cisterna o a granel no entra por esta vía. Además, cuando se aplica una exención en la que la cantidad exacta es esencial, como esta, no se admite estimar la cantidad de residuos (5.4.1.1.3.2).

Tampoco quita el DeCA. Las exenciones del art. 2.1 de la Orden FOM/2861/2012 son cuatro: transportes que no necesitan título habilitante, mudanzas, traslado de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales, y paquetería con pocos bultos que una persona pueda manipular sin más ayuda que las máquinas o herramientas que lleve a bordo el vehículo. Ninguna se basa en que la mercancía sea peligrosa ni en la cantidad ADR. Si dudas de si te toca, está resuelto en quién está obligado al DeCA.

En TuControlDeRutas, la exención 1.1.3.6 se marca una vez por documento, no por mercancía, y el PDF imprime por cada categoría la cantidad y el valor calculado que declares, más el total, con la referencia a los apartados 1.1.3.6.3 y 1.1.3.6.4. El cálculo lo haces tú o tu ERP: el producto imprime lo que se declara.

¿Se pueden poner varias materias peligrosas en una carta de porte? ¿Y mezclarlas con mercancía que no lo es?

Varias materias, sí: el 5.4.1.1.1 pide sus datos «para toda materia u objeto presentado para su transporte», y la letra f) pide la cantidad de cada mercancía con distinto número ONU, designación o grupo de embalaje. Hay dos límites en el 5.4.1.4.2: se hacen cartas de porte distintas para lo que no puede cargarse en común en el mismo vehículo por las prohibiciones del 7.5.2, y si un envío no cabe en una sola unidad de transporte, se hacen al menos tantas cartas de porte, o copias del documento, como unidades.

Con mercancía no peligrosa, el mismo 5.4.1.4.2 dice que las indicaciones de peligro «podrán ser incorporadas o combinadas» en el documento de transporte o en un documento de uso corriente relativo a las mercancías. El ADR no prohíbe que ese documento recoja también mercancía que no es peligrosa; es una lectura del texto, no una frase de la norma. Y el 5.4.1.5 permite al expedidor declarar que una mercancía de la Tabla A no está sujeta al ADR por no ser peligrosa según la parte 2, con una frase como «Estas mercancías no son de la clase» seguida del número de clase.

La carta de porte de la Ley 15/2009, en cambio, lleva un solo destinatario, y se deduce de dos artículos: la ley define el envío como la mercancía que el cargador entrega «a un único destinatario, desde un único lugar de carga a un único lugar de destino» (art. 7.2) y exige «una carta de porte para cada envío» (art. 10.3). El ADR sí admite varios destinatarios en su documento, y el DeCA puede agrupar varios envíos cuando el cargador contractual y el transportista efectivo son los mismos, identificando el origen, el destino, la naturaleza y el peso de cada uno (Resolución DGTCyF, Sexto).

Cómo lo hace TuControlDeRutas

  • · «+ Añadir otra mercancía» en el DeCA, en la carta de porte y en el eCMR: una fila por mercancía, peligrosa o no, en el orden en que las declares, y cada peligrosa con su línea ADR.
  • · Una carta de porte, un destinatario. En un DeCA agrupado, cada entrega lleva sus materias y su destinatario.
  • · Lo que no comprueba: las prohibiciones de carga en común del 7.5.2. Eso es del expedidor, y el producto imprime lo que se le declara.

¿Cómo se escribe un residuo peligroso en la carta de porte?

Con la palabra «RESIDUO» (o «DESECHO») delante de la designación oficial, salvo que ya forme parte de ella (5.4.1.1.3.1). Ejemplo del ADR: «UN 1230, RESIDUO METANOL, 3 (6.1), GE II, (D/E)». La palabra va dentro de la designación, así que queda en su sitio del bloque a) a d) y k).

Si en el lugar de carga no se puede medir la cantidad exacta, el 5.4.1.1.3.2 permite estimarla en algunos casos (envases con lista adjunta, contenedores, cisternas de residuos que operan al vacío) con la declaración «CANTIDAD ESTIMADA DE CONFORMIDAD CON 5.4.1.1.3.2». No se admite en exenciones donde la cantidad exacta es esencial, como la del 1.1.3.6, ni en cisternas que no sean de residuos al vacío, ni para algunas materias que el propio apartado enumera.

En España, además, los residuos peligrosos se rigen por sus normas específicas de envasado, etiquetado y traslado (RD 97/2014, disposición adicional tercera). En TuControlDeRutas, «RESIDUO» se escribe en el campo de la designación oficial y el PDF la imprime tal cual, en su posición.

¿Quién emite la carta de porte ADR y cuándo se entrega al conductor?

El expedidor, o el cargador por delegación expresa suya, y antes de iniciarse el transporte: «El expedidor, o por delegación expresa de éste, el cargador, entregará al conductor la carta de porte antes de iniciarse el transporte» (RD 97/2014, art. 35.1). El ADR lo pone entre las obligaciones del expedidor: suministrar al transportista las indicaciones y, cuando proceda, las cartas de porte (1.4.2.1.1 b).

  • · Intermediarios: recaban del expedidor la información y la documentación obligatoria y la transmiten al transportista con la carta de porte (art. 35.3).
  • · Tripulación: se asegura de que la carta de porte y las instrucciones escritas están a bordo al iniciar el transporte (art. 35.4).
  • · Cargador: por cada cargamento comprueba la relación del anejo 2 del RD 97/2014, y no puede iniciar la carga si no se cumplen los apartados de documentación, estado del equipamiento y comprobaciones previas a la carga (art. 36.3); entre estas últimas está la correspondencia de la mercancía con lo recogido en los documentos de transporte. La tienes explicada en la lista de comprobaciones ADR.
  • · Idioma: en español, sin perjuicio de las otras lenguas oficiales de las comunidades autónomas; en un transporte realizado enteramente en España o entre España y Portugal puede ir solo en español o en portugués (RD 97/2014, disposición adicional primera). En el resto del internacional, la lengua oficial del país de origen y, si no es inglés, francés o alemán, también una de ellas, salvo que un acuerdo entre los países disponga otra cosa (ADR 5.4.1.4.1).

Ojo con la palabra «cargador», que aquí nombra a dos figuras distintas. En el ADR es la empresa que carga la mercancía en el vehículo o el contenedor (definiciones del 1.2.1), y el RD 97/2014 habla del cargador-descargador, quien efectúa la carga y la descarga o bajo cuya responsabilidad se hacen (art. 3 f). El cargador contractual del DeCA es otra figura, que no tiene por qué cargar nada.

El expedidor del ADR y el cargador contractual del DeCA no tienen por qué ser la misma empresa: el cargador contractual es quien contrata directamente con el transportista efectivo, y la norma enumera quién puede serlo: el cargador efectivo, otro transportista, una agencia de transporte, un transitario o un operador logístico, entre otros (art. 4 de la Orden FOM/2861/2012). Lo explicamos con ejemplos en quién es el cargador contractual.

¿La carta de porte ADR puede ser electrónica?

Sí, el ADR la admite con condiciones. El 5.4.0.2 permite el tratamiento electrónico de la información si los procedimientos satisfacen, «de manera al menos equivalente a la utilización de documentos en papel», las exigencias de fuerza probatoria y de disponibilidad de los datos durante el transporte, de modo que la mercancía y el vehículo puedan identificarse en la documentación.

Y pone una condición al expedidor: si entrega la información al transportista por medios electrónicos, tiene que poder presentarla en papel «sin demoras y con la información en el orden exigido» en el capítulo 5.4 (5.4.0.3). Si la conserva en electrónico, también tiene que poder reproducirla impresa (5.4.4.2).

El ADR lo permite, no lo exige. Lo que sí es obligatoriamente electrónico desde el 5 de octubre de 2026 es el DeCA (Ley 9/2025, disposición transitoria octava), con un QR que descarga el PDF directamente. Lo explicamos en qué es el documento de control electrónico y, para la carta de porte del contrato, en carta de porte electrónica.

¿Cuánto tiempo hay que conservar la carta de porte ADR?

En un transporte íntegramente español, al menos un año: el anejo 1, punto 10, del RD 97/2014 obliga a expedidores y transportistas a conservar un ejemplar o copia «a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre, durante al menos un año». El ADR, por sí solo, se queda en tres meses. Si el mismo documento hace también de carta de porte del contrato y de DeCA, se aplican además las reglas de cada uno:

Plazo de conservación de cada documento y norma que lo fija
DocumentoNormaPlazoQuién
Documento de transporte ADR, en cualquier transporte ADRADR 5.4.4.1Mínimo tres meses. Si se guarda en electrónico, tiene que poder imprimirse (5.4.4.2).Expedidor y transportista
Carta de porte ADR en un transporte íntegramente españolRD 97/2014, anejo 1, punto 10Al menos un año, a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre, en cualquier soporte si la información está íntegra y legible.Expedidores y transportistas
Carta de porte de la Ley 15/2009 con el porteador efectivoLey 15/2009, art. 10 bis.6Un año.Cargador contractual y porteador efectivo
DeCA electrónicoResolución DGTCyF, Segundo.4Al menos un año. El texto no fija el día desde el que se cuenta.Cargador contractual y transportista efectivo

En TuControlDeRutas el PDF de cada documento se conserva cuatro años, por encima de todos esos plazos, y desde el panel se puede descargar cuando haga falta enseñarlo.

¿La carta de porte ADR sirve como DeCA y como carta de porte de la Ley 15/2009?

Como DeCA, solo si lleva todos los datos del art. 6 de la Orden FOM/2861/2012. Su art. 2.2 dice que una carta de porte u otra documentación «servirá como documento de control administrativo siempre que contenga todos los datos recogidos en el artículo 6». El apartado Octavo de la Resolución DGTCyF nombra expresamente «el documento de transporte según el Acuerdo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR)» entre los formatos que pueden usarse como DeCA, con esa misma condición y la de identificar de forma expresa y diferenciada al cargador contractual y al transportista efectivo. A un documento ADR puro le faltan datos para eso: no pide transportista, NIF, fecha ni matrícula, y admite la cantidad en volumen donde el DeCA pide peso.

Como carta de porte del contrato, cuando el precio supera los 150 € y se contrata con el porteador efectivo, tiene que llevar las menciones del art. 10 bis.1 de la Ley 15/2009. Esa lista no repite la de mercancías peligrosas, pero el art. 10 bis.3 le aplica el 10.5: la carta de porte contendrá «cualquier otra mención que exija la legislación especial aplicable, por razón de la naturaleza de la mercancía». Y la lista general del art. 10.1 la nombra en su letra h): la identificación del carácter peligroso y la denominación prevista en la legislación de mercancías peligrosas.

Datos que pide el ADR 5.4.1.1.1, el art. 6 de la Orden FOM/2861/2012 y el art. 10 bis.1 de la Ley 15/2009
DatoADR 5.4.1.1.1DeCA · art. 6 Orden FOM/2861/2012Carta de porte · art. 10 bis.1 Ley 15/2009
Expedidor o cargadorg) Nombre y dirección del expedidora) Cargador contractual: nombre o razón social, NIF y domicilioa) Nombre o denominación, NIF y dirección del cargador y, en su caso, del expedidor
TransportistaNo lo pideb) Transportista efectivo: nombre o razón social y NIFb) Nombre o denominación y NIF del transportista efectivo
Destinatarioh) Nombre y dirección del destinatario o destinatariosNo lo pidee) Nombre y dirección del destinatario
Origen y destinoNo lo pide como talc) Origen y destinoc) y d) Lugar de recepción y de entrega prevista
Mercancíaa) a e) y k) por cada materia peligrosad) Naturalezaf) Naturaleza, más las menciones que exija la legislación especial (art. 10.5, aplicable por el 10 bis.3)
Cantidadf) Cantidad total: volumen, masa bruta o masa netad) Pesof) Masa
FechaNo la pidef) Fecha de realización del transportec) y d) Fecha de recepción y de entrega prevista
MatrículaNo la pideg) Matrícula, y la del remolque o semirremolque si es articuladoNo la pide
PrecioNo lo pideNo lo pideg) Precio convenido y gastos

El art. 6 tiene dos letras más, condicionadas: la e), autorización especial de circulación, solo si el vehículo la necesita, y la h), observaciones a petición de parte.

Un solo PDF

TuControlDeRutas emite la carta de porte y el DeCA en un mismo documento, titulado «CARTA DE PORTE + DeCA (DOCUMENTO DE CONTROL)», con los datos del art. 6, las menciones de la Ley 15/2009, las líneas ADR y el QR que descarga el PDF directamente, sin login ni botones (Resolución, Tercero.3 y 4). Está en software de carta de porte.

Transporte internacional

El DeCA es de transporte interior: nacional y cabotaje. En el internacional se usan los documentos de los convenios suscritos por España, según la FAQ del Ministerio de Transportes. Para esos viajes emitimos el eCMR, que es voluntario.

¿Qué cambia en la carta de porte de una cisterna, llena o vacía?

Llena, el cargador de cisternas o llenador hace constar en la carta de porte el grado de llenado máximo de cada materia y, en una cisterna compartimentada, de cada depósito, expresado en tanto por ciento (si solo lleva una materia peligrosa, basta indicarlo una vez); no se aplica a los gases de la clase 2 (RD 97/2014, art. 43). Y si la señalización de una cisterna de varios compartimentos se hace por la excepción del 5.3.2.1.3, el documento indica las materias de cada cisterna o compartimento (ADR 5.4.1.1.13).

Vacía, el art. 46 del RD 97/2014 manda que todo vehículo que circule después de una descarga lleve a bordo el certificado del art. 42 que acredita que se ha limpiado. Si no se ha podido limpiar, el vehículo se considera como si transportase la última mercancía cargada, la empresa descargadora adapta los documentos de transporte y, tras una descarga total, facilita la carta de porte en vacío; en una cisterna con compartimentos, por cada compartimento vaciado. En gases licuados o combustibles de calefacción para uso doméstico, esa carta de porte la puede expedir la planta que cargó.

El ADR dice cómo se escribe, y en los dos casos sin cantidad. La regla general es añadir «VACÍO, SIN LIMPIAR» o «RESTOS, CONTENIDO ANTERIOR» antes o después de la descripción de la mercancía (5.4.1.1.6.1). Para una cisterna se puede sustituir por la mención del medio vacío seguida de la última mercancía cargada (5.4.1.1.6.2.2); con la materia del ejemplo del ADR: «VEHÍCULO CISTERNA VACÍO, ÚLTIMA MERCANCÍA CARGADA: UN 1098, ALCOHOL ALÍLICO, 6.1 (3), GE I, (C/D)».

Esta sección recoge solo lo que dice la norma. No describe una función de nuestro producto.

Preguntas frecuentes sobre la carta de porte ADR

¿Carta de porte ADR y documento de transporte ADR son lo mismo?

Sí. El ADR 2025 titula el documento «documento de transporte para las mercancías peligrosas» (5.4.1) y en algún punto lo llama también carta de porte (5.4.1.4.2). El Real Decreto 97/2014, que regula estas operaciones en España, lo llama «carta de porte» (art. 35.1). Es el documento que identifica cada materia peligrosa, al expedidor y al destinatario, y que el conductor lleva en la cabina (8.1.2.1 a).

¿En qué orden se escriben los datos de la mercancía peligrosa?

Número ONU, designación oficial de transporte, etiquetas, grupo de embalaje y código de restricción en túneles, en ese orden y sin datos intercalados, salvo los que prevé el propio ADR: es la regla del último párrafo del 5.4.1.1.1 para las letras a), b), c), d) y k). El resto (bultos, cantidad, expedidor, destinatario) puede ir donde se quiera. Ejemplo: «UN 1203, GASOLINA, 3, GE II, (D/E)». Mayúsculas o minúsculas se eligen libremente, salvo el código de túnel, que va en mayúsculas (5.4.1.1.2).

¿Tengo que poner el destinatario si reparto a varios clientes?

Sí: la letra h) del 5.4.1.1.1 pide el nombre y la dirección «del o de los destinatario/s». Con destinatarios múltiples, sus nombres, direcciones y cantidades pueden ir en otros documentos que deban estar a bordo (5.4.1.4.1). La mención «Venta en Ruta» solo sustituye al destinatario con el acuerdo de las autoridades competentes y cuando los destinatarios no pueden identificarse al empezar; en España, el anejo 1, punto 6, del RD 97/2014 enumera las materias aceptadas en esa modalidad.

¿Si voy por debajo de los límites del 1.1.3.6 necesito carta de porte ADR?

Sí. El 1.1.3.6.2 enumera lo que deja de aplicarse y, en la parte 8, exceptúa expresamente el 8.1.2.1 a), que obliga a llevar en la cabina los documentos de transporte del 5.4.1. Lo que sí deja de exigirse, entre otras cosas, son las instrucciones escritas (sección 5.4.3). Y en el documento hay que indicar la cantidad total y el valor calculado de cada categoría de transporte (5.4.1.1.1 f, NOTA 1).

¿Cuánto tiempo hay que guardar la carta de porte ADR?

En un transporte íntegramente español, al menos un año: el anejo 1, punto 10, del RD 97/2014 obliga a expedidores y transportistas a conservar un ejemplar o copia a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre, en cualquier soporte si la información está íntegra y legible. El ADR, por sí solo, pide tres meses (5.4.4.1). Si el mismo documento es también la carta de porte de la Ley 15/2009, un año (art. 10 bis.6), y si es el DeCA, al menos un año (Resolución DGTCyF, Segundo.4).

¿La carta de porte ADR sirve como DeCA desde el 5 de octubre de 2026?

Solo si lleva todos los datos del art. 6 de la Orden FOM/2861/2012: su art. 2.2 dice que otra documentación «servirá como documento de control administrativo siempre que contenga todos los datos recogidos en el artículo 6». El apartado Octavo de la Resolución DGTCyF nombra expresamente el documento de transporte del ADR entre los formatos que se pueden usar como DeCA, con esa misma condición y la de identificar de forma expresa y diferenciada al cargador contractual y al transportista efectivo. La lista del ADR no pide transportista, NIF, fecha, matrícula ni peso (admite volumen), así que un documento ADR puro no basta. Y desde esa fecha el DeCA tiene que ser electrónico (Ley 9/2025, D.T. 8.ª).

¿La carta de porte ADR tiene que ir firmada?

La lista de datos del 5.4.1.1.1 del ADR no incluye firma. Si el mismo documento es la carta de porte de la Ley 15/2009, la firman cargador y porteador, y vale la firma por medios mecánicos, con sello o por cualquier medio que acredite la identidad del firmante (art. 11). Si además es el DeCA, la firma no es obligatoria para su validez (preámbulo de la Resolución DGTCyF); si ese DeCA se usa también con finalidad contractual y lleva firmas, tienen que ser como mínimo firma electrónica avanzada (apartado Cuarto).

¿Se puede hacer la carta de porte ADR en formato electrónico?

Sí, el ADR lo admite (5.4.0.2) siempre que el procedimiento sea al menos equivalente al papel en fuerza probatoria y en disponibilidad de los datos durante el transporte, y que la mercancía y el vehículo puedan identificarse en la documentación. Si la información se entrega al transportista por medios electrónicos, el expedidor tiene que poder presentarla en papel sin demora y en el orden del capítulo 5.4 (5.4.0.3). El ADR lo permite, no lo exige: lo que es obligatoriamente electrónico desde el 5 de octubre de 2026 es el DeCA.

¿Qué lleva la carta de porte de una cisterna vacía sin limpiar?

La descripción de la última mercancía, sin cantidad, con «VACÍO, SIN LIMPIAR» o «RESTOS, CONTENIDO ANTERIOR» antes o después (ADR 5.4.1.1.6.1), o precedida de la mención del medio vacío (5.4.1.1.6.2.2), por ejemplo «VEHÍCULO CISTERNA VACÍO, ÚLTIMA MERCANCÍA CARGADA: UN 1098, ALCOHOL ALÍLICO, 6.1 (3), GE I, (C/D)». En España, el art. 46 del RD 97/2014 dice que, si tras la descarga total no se ha podido limpiar, la empresa descargadora facilita la carta de porte en vacío, y que el vehículo se considera como si transportase la última mercancía cargada.

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